viernes, 16 de diciembre de 2016

DIA DE LA CONSTITUCIÓN ESPAÑOLA ¿QUÉ CELEBRAMOS?


UN ARTÍCULO DE RAFAEL RODRIGO NAVARRO 

 Define el diccionario de la Real Academia Española  como  constitución  a la ley fundamental de un Estado, con rango superior al resto de las leyes, que  establece  el régimen de los derechos y libertades de los ciudadanos y delimita los poderes e instituciones de la organización política. 
Definición parcial que refleja  el punto de vista ilustrado por el que la nación (estado) posee la facultad  de definir los derechos y libertades de las personas.  Por otro lado, definición utópica pues  los poderes políticos  y  las instituciones que se crean en el marco del estado, no pueden ser limitados por ningún texto escrito  en la práctica del  acontecer social,  como pretenden las constituciones liberales.

Estamos por tanto ante  un error  histórico de innegables consecuencias: el olvido de que, en todo caso,  el estado sería  parte componente de la sociedad  humana  y no  viceversa. La  sociedad, formada por cuantos viven en un territorio concreto, es algo mucho más vasto que un estado, si entendemos por tal,  básicamente  aunque no sólo,  a  la organización de la milicia para la defensa.

Porque  por más que el  estado se haya atribuido un sinfín de funciones sociales, desde nuestro punto de vista, no es legítimo que lo haga,  por más que  muchas personas  prefieran ser siervos de un estado  al  que  profesan sumisión  y  obediencia,  en lugar de ser  personas libres y autónomas,  capaces de  gestionar su vida al margen del mismo.  La sociedad no tiene por qué estar subordinada  a una organización jerárquica, de carácter militar, ni tiene por que organizarse en base a criterios de desigualdad y dominación.

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domingo, 3 de enero de 2016

VIOLENCIA DE GÉNERO Y RESPONSABILIDAD COLECTIVA


UN ARTICULO DE RAFAEL RODRIGO NAVARRO 

Desde el  apagón  informático  del Ministerio del Interior el año 2007  no disponíamos de datos fiables  sobre  violencia doméstica en España. El  año 2011  el INE vuelve a publicarlos de nuevo.

¿Por qué?   Porque en el año   2002, en previsión de la  próxima promulgación de la Ley Orgánica Integral contra la Violencia de Género (LOIVG),  se hizo necesario tomar el  control de las estadísticas sobre violencia hacia la mujer  ya  que de ellas dependía que  se habilitaran los fondos  para las llamadas políticas de género  tanto a cargo de los presupuestos del Estado como de la Unión Europea y se mantuvieran en el tiempo.

Hay que tener en cuenta que la llamada ley de género  inicialmente iba a ser intitulada  Ley Orgánica Integral contra la Violencia sobre la Mujer. (1) Ni  el Consejo del Poder Judicial  ni el Consejo del Reino  dieron su consentimiento. Por el contrario  elaboraron  informes negativos, por  considerar que la propuesta de ley  atentaba  contra la igualdad jurídica en materia penal, por ser contraria a la Constitución Española y ,como recoge la crítica del artículo primero,  por crear un delito  sin fundamento jurídico para establecer  pruebas inculpatorias (2).

Pero el Gobierno Socialista del Sr. José Luís Rodríguez  Zapatero  no hizo sino cambiar el nombre de la futura  ley  que se llamaría a partir de entonces  Ley Orgánica Integral contra la Violencia de Género (LOIVG)  sin modificar  un ápice el contenido de dicho borrador.

Con la treta de utilizar un término  indefinido (género), cuando no claramente contrario al significado  recogido por la Real Academia de la Lengua, fue más fácil acallar las conciencias  de  quienes  pudieran oponerse.  De hecho desde entonces se ha abortado todo intento de razonar sobre el texto de esta  ley con el argumento de que quienes se oponen  a la misma lo hacen en razón de su machismo.
Es lo que explica que la LOIVG  fuera aprobada en  el parlamento español por unanimidad. Algo incomprensible  en una democracia pero síntoma  propio de una dictadura.  Y explica a su vez que pocos se atrevieran, y  aún ahora sigan sin atreverse, a levantar la voz en contra esta ley  a pesar de su clara y evidente discriminación penal.

A los pocos meses  de hacer públicos dichos informes el  Consejo del Poder Judicial fue renovado, así como el Consejo del Reino,  y  la ley fue  llevada al parlamento y  votada   por  un grupo de parlamentarios  que dijeron representar  al pueblo, pero que de hecho han dejado patente  para  la historia  su  pésima  catadura moral.

La LOIVG ha sido  la ley  que más recursos de inconstitucionalidad  ha tenido por parte de la judicatura en toda la historia española, no obstante el  13 de mayo de 2008  fue  avalada por un  Tribunal  Constitucional totalmente politizado  con el  voto de calidad de Monserrat Comes que a su vez había sido la presidenta del Observatorio sobre la Violencia de Género del Consejo General  del Poder Judicial. La mayoría de los jueces de dicho tribunal se oponían  al  considerarla  inconstitucional   por lo que estuvo varios años sin obtener un dictamen,  pero la ocasión propicia para rechazar todos aquellos recursos  se dio con la muerte repentina del  magistrado Roberto García-Calvo,  uno de  los jueces conservadores que se oponían a considerarla constitucional.  (3)

¿Pero qué pasó  para que en 2007 tuviera lugar el apagón estadístico de los datos que hasta entonces había proporcionado el Ministerio del Interior?

Sencillamente que las estadísticas de este Ministerio no coincidían con los datos del  recién estrenado  Observatorio sobre la Violencia de Género del  CGPJ, creado a partir de la promulgación de la LOIVG. 

Ahora bien ¿cómo iban a coincidir si se acababa de introducir  una aberración conceptual  imposible de tratar estadísticamente?  Efectivamente  la manipulación del concepto de género que se hace pretendiendo que  sólo exista la violencia de género contra la mujer y no contra el hombre,  supone intentar trabajar con una variable, lo que es contrario a la lógica (se toma la parte por el todo o lo que es lo mismo se anula  la mitad de la población estadística) .El  Sr.  Alfredo Pérez Rubalcaba  fue quien con su proverbial prepotencia,  dio la orden de eliminar las estadísticas del Ministerio del Interior   y  dar  por buenas las del Observatorio de la Violencia Doméstica.

En el año 2011,  suponemos que por exigencias de homologación de la información  en  la Unión Europea, el Instituto Nacional de Estadística ( INE)  vuelve  a publicar las  estadísticas  sobre  Violencia Doméstica en España y  por un mínimo de decencia profesional se procede a separar  claramente los  dos conceptos de Violencia Doméstica por un lado  y la llamada Violencia de Género por otro que  el Observatorio  del CGPJ mezclaba dando lugar a unos informes  en todo lamentables desde el punto de vista estadístico.

Pero  ¿por qué  de  toda esta ocultación de datos  y  confusión orquestada en torno a las estadísticas de género,  con la connivencia siempre de los  gobiernos en el poder?